
Los patinetes eléctricos son cada vez más frecuentes en el día a día como medio de transporte habitual. Esto hace que, a su vez, empiecen a ser más numerosos los usuarios que buscan una alternativa con sillín; perfecta para un uso más intensivo. Ahora bien, los patinetes eléctricos con asiento se rigen por una serie de normas que debes conocer para evitar sorpresas desagradables. Las repasamos…
¿Los patinetes eléctricos con asiento tienen que llevar matrícula obligatoria?
La norma establece que hay que matricular todos los patinetes eléctricos con sillín siempre y cuando superen los 50 km/h de velocidad máxima; por debajo de esta cifra la matriculación es recomendable, pero no obligatoria. La ficha de matriculación debe recoger los datos técnicos del vehículo tales como potencia, peso y velocidad máxima.
Para poder matricular el patinete será necesario presentar la solicitud junto al DNI personal, la tarjeta de la ITV y los justificantes del pago de las tasas de circulación necesarias.
En caso de no estar matriculados, este tipo de vehículos se podrán utilizar en zonas únicamente privadas.